Aspectos éticos y legales

Unos de los aspectos éticos más controvertidos son la violación del consentimiento informado y la privación de la libertad del paciente. Asimismo, para actuar siempre en favor de la persona, debemos tener en cuenta los documentos acerca de los derechos de estos pacientes, tales como:

  • La Declaración Universal de los Derechos Humanos, de 1948, en lo referente al derecho a la vida, libertad y seguridad.
  • La Constitución Española de 1978, en cuanto al derecho a la libertad y a la seguridad.
  • La Ley 14/1986, del 25 abril, General de Sanidad, acerca de el respeto a la personalidad, dignidad humana e intimidad.
  • La Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la Autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, reguladora el derecho a la información sanitaria y al consentimiento informado.
  • El Código Deontológico de la Enfermería española, sobre la dignidad humana y la salvaguarda de los derechos humanos.
  • La Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos de la UNESCO (2005), en su artículo 8 en el que se reflexiona acerca del principio de respeto de la vulnerabilidad humana y la integridad personal.
De hecho, algunas comunidades autónomas cuentan con regulación específica al respecto, así como protocolos desarrollados en base al libro "Contención mecánica. Restricción de Movimientos y Aislamientos. Manual de uso y protocolos de procedimiento".

A la hora de utilizar la contención mecánica, si no se realiza de forma adecuada o respondiendo a la indicación correcta, pueden llegar a vulnerarse algunos derechos fundamentales del paciente. Por lo tanto, para evitar esto, siempre se tendrán en cuenta los principios éticos de la no maleficencia, justicia, beneficencia y autonomía, respetando su vulnerabilidad e intimidad. Estos dos últimos son de suma importancia pues se deberá proceder con nuestra actuación de forma que el paciente se sienta lo más cómodo posible.

Es de gran importancia el hecho de que no se viole, con estos procedimientos, el derecho a la autonomía, haciendo que estos pacientes no sean informados en numerosas ocasiones y que, por lo tanto, es algo que se deberá tener en cuenta para una adecuada actuación. Por ello, se recomiendan ciertos documentos adaptados a estas situaciones, pues estamos obligados a informar incluso en caso de discapacidad, según la ley de autonomía.

Para finalizar, debemos tener en cuenta la gran importancia de una correcta cumplimentación de la historia clínica, un instrumento de elevada importancia a nivel judicial que les permite a los profesionales sanitarios respaldarse a legalmente. 


BIBLIOGRAFÍA:

1. Fernández Rodríguez Á., Zabala Blanco J. Restricción física: revisión y reflexión ética. Gerokomos [Internet]. Junio 2014 [citado 9 de marzo 2021]; 25 (2): 63-67. Disponible aquí. 
2. Gómez-Durán E. L., Guija J. A., Ortega Monasterio L. Aspectos medicolegales de la contención física y farmacológica. Medicina clínica [Internet]. 2014 [citado 9 de marzo 2021]; 142 (2): 24-29. Disponible aquí. 


AUTORAS:
Andrea Fontán Fernández
Mariña Freire García
María García Echave

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